lunes, 9 de abril de 2012

Ídolos y dioses



estatuillas y recuerdos


el segundo mandamiento


En el segundo mandamiento (Éxodo 20:3-5) hay cuatro prohibiciones: 1ª no tener otros dioses, 2ª no hacer ídolos, 3ª no postrarse ante ellos y 4ª no adorarlos. Y cada una de ellas tiene su valor aun cuando no se cumplan las otras tres. Por ejemplo, está prohibido tener otros dioses aun cuando no los hayas hecho, ni te postres ante ellos ni los adores. Y está prohibido hacerlos, aunque no los adores ni signifiquen nada para ti. 
Y está prohibido postrase ante ellos aunque no sea para adorarlos. Y está prohibido adorarlos aun en caso de que no los hayas hecho.

Y justo después de los diez mandamientos (Éxodo 20:23) también dice “no haréis conmigo, dioses de oro y de plata no os haréis”, que prohíbe hacer estatuillas del sol, la luna y ‘los servidores de las alturas’ (que están en el Trono de Gloria, Ezequiel 1:10 ‘hombre, león, toro y águila’).


Abandonando o destrozando el ídolo


En el tratado talmúdico de Avodá Zará (Idolatría) se tratan extensivamente todos estos temas, y allí dice que si te encuentras una estatuilla de un dios, está prohibido tenerla en casa mientras no haya sido anulada por un idólatra. Esto significa que si una persona que adora esta imagen le rompe un trozo de ella (por poco que sea) ya no representa un dios, ya que su adorador la ha anulado. También en caso de que el idólatra se mude de casa y la deje abandonada, significa que no le da valor y la anula antes de que llegue a manos de un judío, y por lo tanto está permitido tenerla en casa. Fijaos en la diferencia: para que sirva el ‘abandono’ debe ser antes de que llegue a manos del judío, mientras que si ya la tiene en posesión suya deberá dañarla físicamente y no basta que la insulte o le escupa o que le de una patada.

La cuestión es ¿qué ocurre con las estatuillas que se venden en el mercado?¿qué intención tiene el que las vende? Si su intención es librarse de ella, denigrándola y despreciándola al sacarle partido, pues no hay problema ya que ha sido anulada. Pero si su intención es ponerla al abasto de la gente para que la pueda adorar, no ha sido anulada y por lo tanto sigue estando prohibida hasta que una persona que la adora la rompa. ¡Cuidado! No depende del vendedor en la tienda sino del idólatra que la ha poseído, si luego la ha vendido o se la han robado, en resumidas cuentas, si la han anulado o no.


Fotos y dibujos


En cuanto a dibujos y fotos de familiares o de simples personas y animales, mientras no estén en altorrelieve no hay problema (¿que diremos de las 3D?), mientras no representen dioses o diosas.

Las vírgenes y los santos cristianos deben ser considerados como (falsos) dioses por los judíos, ya que sus adoradores les atribuyen facultades divinas, aunque digan que no lo sean, y están prohibidos sus cuadros etc.


Los “iluminados”


En cuanto al señor Siddharta Gautama, el llamado “iluminado” (o ‘Buda’) por sus seguidores, aunque ellos no lo consideren un dios, según nuestras nociones de judíos sí debemos considerarlo como tal y por tanto las estatuillas del gordito sentado en dharma o nirvana, igual que las de un judío flaco colgado de un madero o las de su madre sevillana o mejicana, estarán prohibidas mientras no hayan sido anuladas correctamente.

Acabemos recordando que la idolatría y todo lo relacionado con ella es una de las prohibiciones que debemos ‘morir y no transgredir’, o sea, que la vida no tiene sentido si no les hacemos caso.

domingo, 8 de abril de 2012

Bendición Innecesaria


Mandamientos de Torá o de los Rabinos


Como si jurara en falso


Maimónides, en su libro Mishné Torá Hiljot Brajot (Cap. 4, art. 15), escribe que: todo aquel que pronuncie una bendición innecesaria, transgrede la prohibición de “tomar el Nombre de D’ en vano”, y es como si jurara en falso.

Se trata de una persona que, sin tener intención de comer nada, recita la bendición, por ejemplo, de "Bendito sea el Señor, D' nuestro, Rey del Universo, creador del fruto del árbol".

Según su opinión, la prohibición de bendecir innecesariamente está incluida explícitamente en la Torá, en el tercer Mandamiento que dice: “No tomarás el Nombre del Señor tu D’ en vano” (Éxodo 20:7).

Pero los Tosafot (Rosh Hashaná 33a “Ha”) opinan que es solo una prohibición rabínica, y la prohibición de la Torá se refiere a cuando pronuncia el Nombre en vano, pero si bendice al Creador, cuando se trata de una bendición innecesaria, es una prohibición rabínica (Maguén Avraham, Oraj Jayim 215/6).

Contradicción de Maimónides


En sus Responsa (P’er Hador 105) escribe igualmente Maimónides que transgrede el tercer Mandamiento, pero algunos rabinos opinan que Maimónides se contradice en otra Respuesta (26, citada por Késef Mishné en Hiljot Milá Cap. 3 art. 6) que todas las bendiciones antes de cumplir un Mandamiento fueron instituidas por los Sabios, tanto si el Mandamiento es de Torá como de los Rabinos. Y ellos dijeron que quien recita una bendición innecesaria, transgrede el de “no tomar el Nombre en vano”, y por lo tanto ¡es una prohibición rabínica!


La explicación del Jidá


El Rabino Jayim Yosef David Azulay, el Jidá, en su libro Birkéi Yosef, explica que los Sabios hubieran podido establecer que al pronunciar el Nombre Divino, tanto en una bendición correcta como en una innecesaria, no se consideraría transgresión, ya que bendice al Creador.

Pero la verdad es que los Sabios establecieron bendecir el Creador solo en caso necesario, y las bendiciones innecesarias no quedaron incluidas, y por lo tanto la prohibición de la Torá al pronunciarlo en vano recae sobre él.


La explicación de ‘Torat Jésed’


El autor de ‘Torat Jésed’ (Oraj Jayim 7) explica que en las prohibiciones de la Torá hay dos tipos: los que aparecen explícitamente en la Torá y los que se aprenden por inducción. Según ello, no hay contradicción entre las dos respuestas de Maimónides, ya que la principal intención del “no tomar…” se refiere a los juramentos en falso, mientras que la prohibición de tomarlo en vano cuando se recita una bendición innecesaria se aprende por inducción. Y a pesar de tener el mismo valor, Maimónides lo denomina “prohibición rabínica” (‘ellos dijeron’) por el hecho de necesitar la intervención de los Sabios para aprenderlo.

(Traducido de Halajá Yomit de Rambam Dvar Maljut 315, pag 67)