martes, 27 de marzo de 2012

los Arenques Salados

Manjar de reyes


Muchos judíos consideran un verdadero manjar de reyes los arenques salados ("herring") que se comen sobre una galletita en la tercera Comida prescriptiva del Shabat, poco antes de despedirse del Día Santo, o en alegres ocasiones en que se celebra la Circuncisión, ocho días después del nacimiento de un niño, o en cualquier reunión festiva de judíos.

Una pregunta interesante podemos ver a continuación con respeto a los arenques comprados de los marineros o de los comerciantes no-judíos.


Tonel de pescado salado


En el libro Har Tzvi (Yoré De’á, 74) se citan las palabras del Tur (Yoré De’á, 83) que “la sustancia (la gelatina o el suero) de los pescados (impuros) está prohibido solo por los Sabios y no por la Torá, por lo tanto se pueden comprar pescados puros salados de los no-judíos, a pesar de que estén mezclados con pescados impuros en el mismo recipiente, ya que tal vez no los hayan salado juntos”.


Se refiere a que está prohibido salar juntos los pescados puros y los impuros ya que al expeler la sustancia del pescado impuro queda absorbida por el pescado puro y lo prohíbe. Pero al ser una prohibición de los Sabios, mientras no haya constancia de que haya ocurrido, no debemos sospecharlo y está permitido comprarlos.


Y en el libro Bet Yosef (id.) cita a Rabenu Asher que dice que en esto nos basamos cuando traen un tonel de pescados puros salados que están junto a los impuros, ya que es una duda en tema ‘de Rabanán’ (de los Sabios) ya que puede ser que no los hayan salado juntos y los juntaron solo después de haber expelido su sustancia.


Sangre de peces


Pero el autor de Har Tzvi se extraña pues no importa que la sustancia no esté prohibida, teniendo en cuenta que la sangre sí ha podido ser absorbida por los pescados puros, y según lo que dice Maimónides la sangre de los pescados impuros está prohibida por la Torá, ya que dice que “la sangre de los saltamontes y de los peces está prohibida, ya que es un extracto de su cuerpo, igual que el sebo de los animales impuros”. El comentarista Maguid Mishné dice que la prohibición no es por tratarse de sangre precisamente, sino por ser extracto de animales impuros, ya que todo lo que sale de un animal impuro está igualmente prohibido.


También el libro Séfer haJinuj (198) dice que la sangre de los pescados impuros está prohibido según la Torá, ya que dice que “pero la sangre de los peces impuros está prohibida ya que es como el sebo de los animales impuros que está prohibido según la regla que todo lo que sale del impuro es impuro”. También el Libro del Radbaz Jadashot (parte 4, 1119) dice lo mismo, y también el Pri Jadash (15:14) y el Pri Megadim (nº 85).


No se habla de la sangre de los peces


Pero dice el libro Har Tzvi que encontró en el libro Maamar Petil Tejélet del rabino Guershón Janoj, que demuestra a partir de la expresión de Rabenu Asher que la prohibición no es de Torá sino sólo ‘de Rabanán’, que no es más grave que la sustancia y no se puede comparar al sebo de los animales del cual se dice explícitamente en la Torá que es impuro, pero de la sangre de los peces no lo dice y por esto su sustancia no está prohibida en la Torá.


Efectivamente, a esto se refiere el Remá (al final del nº 66) al decir que “cualquier sangre de peces o la humana, siendo que en principio no está prohibida (por la Torá), al estar mezclada con otra cosa no la prohíbe”; y el significado de ‘cualquier sangre de pescado’ incluye la de los peces impuros. Lo mismo diremos al no hablarse en absoluto de la sangre de los peces impuros en el Shulján Aruj, que tiene el mismo valor que la sustancia que sale de ellos, que no está prohibida por la Torá sino solo por los Sabios, y cuando hay duda como la antedicha, podemos suponer que no ha habido transgresión.

lunes, 26 de marzo de 2012

El Frasco Vacío


Las apariencias engañan

El Talmud, en el tratado de Julín (94a) dice que está prohibido engañar a la gente aparentando un comportamiento que no es cierto. La ley es citada por Maimónides en las leyes de De’ot (= Ideas, 2/6) con un ejemplo que dice: “no insistirá en que coma una persona en su casa, sabiendo que no aceptará”.

El Talmud trae otro ejemplo: “no le dirá que se unte de un frasco de aceite vacío” sabiendo que esta persona no piensa untarse, pero pensará que el frasco contiene aceite y sentirá por él un agradecimiento que no se merece.

De todos modos, según este ejemplo, parece que la prohibición depende del hecho que el frasco esté vacío, pero si estuviera lleno no habría problema a pesar de saber que no aceptaría a propuesta.

¿Hay comida?

Por lo tanto, debemos preguntarnos qué diferencia hay entre los dos ejemplos, ya que en el primero se trata de que hay comida preparada en casa y el engaño reside en que sabe que no aceptará.

Hay quien lo explica diciendo que la diferencia reside en que en el primer ejemplo “insiste” varias veces en que coma, pero si lo invita una o dos veces no hay problema. Y a condición, por supuesto, que tiene comida en casa y está dispuesto a que venga a comer. Pero al ofrecerle un frasco vacío, es un engaño ya a la primera vez.

Cuestiones de honor

El motivo de que en el caso de la comida la prohibición solo cuando “insiste” varias veces, es a causa de que se acostumbra a invitar a la gente por razones de honor, a pesar de que saben que la proposición no será aceptada, y el invitado también sabe que le invitan por móviles de costumbres sociales y no lo toma como engaño mientras no haya una insistencia extraordinaria (Drisha, Jóshen Mishpat 228/7).

Otros (Lev Arié, Julín 94a) explican que la sola invitación ya es cuestión de honor y por lo tanto el otro puede agradecerle únicamente por el hecho de haberle tenido en cuenta.

Proposición sincera

En Shulján Aruj Harav (leyes de Honaá 14 y Kontras Ajarón 2) dice que en el primer caso se trata de que la proposición no era honesta, ya que sabía que el otro no aceptaría y si pensara que tal vez aceptaría no hubiera hecho la proposición, pero cuando la proposición es sincera y cabía la posibilidad de que fuera aceptada, no hay en ello ningún engaño.

Por supuesto, tratándose del caso que tiene la posibilidad de darle comida, pero en el caso del frasco de aceite o perfume, sabiendo que el frasco está vacío es ya un engaño aunque tuviera la verdadera intención de darle el aceite, ya que en su estado actual no es una oferta honesta.

Por qué no fue entregada la Torá en tiempos de los Patriarcas


Milagros y proezas

Dice Maimónides en Yesodéi Ha-Torá 8:3 que “si aparece un Profeta que hace grandes milagros y proezas, y propone abolir la Profecía de Moshé (Moisés), no debemos hacerle caso… ya que la profecía de Moshé no depende de los milagros para que podamos comparar unos milagros con otros, sino que nosotros también lo vimos con nuestros propios ojos”.

Al decir que “nosotros también lo vimos con nuestros propios ojos”, solo se refiere a la profecía de Moshé, la Apocalipsis (Αποκάλυψις = Revelación Divina en griego, o Hitgalut, הִתְגַּלּוּת en hebreo) del Monte Sinai, en la que fuimos testigos de que el Creador se ponía en contacto con nosotros y luego le trasmitía a Moshé el resto de los Mandamientos.

Mandamientos antiguos

Pero, ¿qué diremos de los mandamientos recibidos en tiempos de los Patriarcas, como la Circuncisión, en tiempos de Avraham, la prohibición de comer miembros de un animal vivo, que fue expresada a Nóaj (נֹחַ = Noé), o el tendón ciático que fue prohibido a los hijos de Yaacov?

Esto lo explica Maimónides en su comentario a la Mishná (Julín 7:6) que “todo lo que hoy hacemos, es por las instrucciones que le dio el Creador a Moshé, incluso la obligación de la Circuncisión, no es por haber sido instituida a los Hijos de Avraham sino porque el Creador nos lo ordenó por medio de Moshé, que circuncidemos a nuestros hijos en el octavo día, tal y como decimos, que todos los 613 Mandamientos fueron entregados a Moshé en el Monte del Sinai”.

Por lo tanto, si alguien viniera más tarde a anular o abolir los mandamientos recibidos en aquel momento en el que todos fuimos testigos o incluso protagonistas del encuentro entre el Creador y la Humanidad, aunque se apoye en milagros o prodigios, ya sabremos que no podemos fiarnos de él.

Por eso la Torá no fue entregada en tiempos de los Patriarcas, sino en tiempos de Moshé, cuando el Pueblo de Israel ya era numeroso y todos sus miembros fueron testigos visuales de la entrega de la Torá Divina por medio de Moshé.

El testigo no puede convertirse en juez

Esto se relaciona con una ley muy interesante que dice que “un testigo no puede convertirse en juez” (Rosh Hashaná 26a), o sea que si alguien ve algún acontecimiento con sus propios ojos, no puede juzgarlo, ya que el juzgado tiene la obligación de luchar a favor del acusado, mientras que el testigo no puede pasar por alto lo que ha visto con sus propios ojos.

¿Se puede comprar un piso que ha sido expropiado por un síndico según las leyes civiles?


Una persona extorsiva

  ¿Puede un judío respetuoso de las leyes de la Torá comprar un piso que ha sido expropiado     de otro judío según las leyes civiles del Estado?

Maimónides escribe en las Leyes de Gzelá veAvedá (Robos y pérdidas, capítulo 10:1): 

“Cuando un no-judío extorsivo se apodera de los bienes de un judío y se entra en posesión de sus tierras por ser acreedor del judío y después la vende a otro judío, el primer dueño no puede reclamarla del comprador”.

Según las Leyes de la Torá

Una lectura simple de esta ley nos da la impresión de que se puede comprar el piso expropiado, pero puede ser que haya diferencia entre un acreedor judío y uno que no lo es, ya que se despierta una pregunta: ya que el no-judío se ha apropiado de las tierras del judío según las leyes civiles y no por las de la Torá, ¿cómo puede el segundo judío apropiarse de ellas sin poder ser reclamado?

Hay quien explica (Netivot Mishpat 236/6) que los no-judíos tienen derecho de ser juzgados según las leyes civiles de su país, y según este derecho, el judío que las ha comprado lo ha hecho correctamente, pero en caso de ser un pleito entre dos judíos, que deberían ir a un Tribunal Rabínico, estará prohibido comprar el piso expropiado por la ley civil.

La deuda del daño

Y otros (id. citando a Tummim 104/2-3) añaden que el citado por Maimónides se trata de un caso en que el judío, al tomar el préstamo, se comprometió con el no-judío a ir al juzgado civil y por lo tanto también cuando un judío toma un préstamo de un judío que desconoce las leyes de la Torá, se compromete igualmente a guiarse por las leyes civiles del Estado.

Pero podemos aplicar esta explicación solo cuando la deuda procede del préstamo y no del resultado del daño, ya que no se comprometió a guiarse con él según las leyes civiles, siendo que este segundo tipo de deuda no fue acordado por él.

Pérdida de esperanza

Finalmente, otros (Ulam Hamishpat 104) opinan que la ley expuesta por Maimónides es por el hecho que el expropiado “pierde la esperanza” de recuperar su propiedad, y por lo mismo puede el segundo judío tomar propiedad. La “pérdida de esperanza”, al perder un objeto o al ser robado, anula los derechos de propiedad del dueño original y puede ser adquirida legalmente por otra persona.

Y a pesar que el mismo Maimónides dice que no se aplica el tema de la “pérdida de esperanza” en caso de bienes inmuebles, es a causa de que consideramos que sigue perteneciendo a su primer dueño, quien tiene los papeles de propiedad, y que espera poder recuperarla por el juzgado. Pero cuando esta claro que no podrá recuperarla ya que el no-judío la adquirió según sus leyes, por supuesto que “pierde la esperanza”. Y puesto que también en caso de expropiación no puede evitarse, al “perder la esperanza” puede ser adquirida por otro.

jueves, 8 de marzo de 2012

El Gran Día del Juicio


 el Día Grande y Terrible


tres Juicios


Varias veces se habla en las Sagradas Escrituras sobre el Gran Día del Juicio que se celebrará en el Final de los Días. Sobre este día dice el Profeta Mal’ají (Malaquías 3:23): “He aquí que os envío al Profeta Eliyá antes de la llegada del Grande y Terrible Día del Señor”.

Najmánides (en Shá’ar HaGmul) dice que hay tres momentos diferentes para el Juicio:

El primero es en Este Mundo, y que se celebra cada año, en el día de Rosh Hashaná y en el cual se juzga el comportamiento de cada uno durante su vida.

El segundo será después de la muerte, cuando se juzga en el Cielo el alma después de separarse del cuerpo.

Y el tercero es el futuro Gran Día del Juicio.

Saca el sol de su funda


Sobre este gran día dice el mismo Profeta Mal’ají (3:19): “He aquí que llega un día ardiente como un horno en el que todos los malvados y malhechores serán quemados por el día venidero”. Y a continuación dice: “Y a vosotros, los temerosos de Mi Nombre, os lucirá un sol de Justicia sobre cuyas alas vendrá la curación”. Y los Sabios explican (Nedarím 8b) que en el futuro, el Creador ‘sacará el sol de su funda, que curará a los justos y castigará a los malvados’.

Y así dice también la Mejiltá (Beshalaj cap. 4): “Si obtenéis el mérito de observar el Shabat, os salvaréis en las tres catástrofes: en la Guerra de Gog, en las penurias del Tiempo Mesiánico y en el Gran Día del Juicio.

Antes de la resurrección


¿Cuándo será este Gran Día del Juicio? Según lo que dicen los Comentaristas, resulta que no será en la Época Mesiánica sino al comienzo de la Resurrección de los Muertos. Najmánides dice que “después vendrá la Época Mesiánica… y al final habrá el Juicio y la Resurrección de los Muertos”. En este día, se juzgará al hombre “si es digno de resucitar y de gozar en cuerpo y alma de aquél tiempo”. Sobre esto dice Daniel (12:2) “Muchos de los que descansan en el polvo de la tierra despertarán, unos para la Vida Eterna y otros para la vergüenza y humillación eterna”.

Y ¿quién será juzgado? Según Najmánides todos serán juzgados. Cada persona será juzgada de nuevo según su comportamiento. Pero siendo que estos erá después de la Venida del Mashíaj, que corregirá a todo el Mundo, y después de la llegada de Eliyahu, que vendrá antes del ‘Grande y Terrible Día’ y que “volverá el corazón de los padres hacia sus hijos”, resulta que ya todos se habrán arrepentido, y se cumplirá la profecía de que “nadie será apartado” y todos los Hijos de Israel tendrán constancia de ser justos y dignos de la Resurrección, tal como dice Midrash Shemuel (al comienzo del Tratado de Avot) que ‘por fuerza todos serán justos, ya que el Creador hace cuentas para que nadie quede apartado’.

Por lo tanto, parece que siempre que se habla de ‘tzadiquim’, ‘justos’, refiriéndose a este Juicio (que los Justos se curan, etc.) se refiere a cada uno de los Hijos de Israel, que ya tendrán el grado de Justos. 

Mientras que los ‘malvados’ podrán ser solo miembros de otros pueblos que recibirán entonces su castigo.


Juicio de las Naciones


El ‘Arí-zal’ opina que todo este juicio no es en absoluto para el Pueblo de Israel, ya que cualquier judío que hubiera pecado ya estará purificado, “después de haber pasado sobre su alma el Yom Kipur, las penurias purificadoras y otros destierros, ¿por qué debe ser juzgada de nuevo?”. La conclusión del ‘Arí-zal’ es que el Gran Día del Juicio es solo para las otras Naciones del Mundo (sus palabras son citadas en Nishmat Jayim, primer discurso, cap. 17).

Del mismo modo opina también don Yitzjac Abrabanel (Ma’yanéi HaYshu’á, octavo manantial, al final del 17º dátil), que no hay motivo para juzgar de nuevo después del juicio que tiene el hombre en Este Mundo y después de su muerte. Se pregunta: ‘si el hombre hizo pecados o cumplió los Mandamientos y fue ya juzgado después de su muerte, ¿qué motivo hay para juzgarlo de nuevo?’ Por lo tanto, decide que no hay motivo para un nuevo juicio sino que su significado es el de castigo para las Naciones del Mundo. A su opinión, resucitarán también los malvados para que puedan recibir su castigo a la vista de los justos.

O sea, que el Juicio Final es para las Naciones, y así dice el Talmud en el Tratado de Avodá Zará 2b, ‘…dice rabí Samlay: en el futuro traerá el Creador un Séfer Torá y lo depositará en Su Brazo y dirá: todos los que se han preocupado de este Libro, que vengan a recibir su premio; y entonces vendrán las Naciones en desbarajuste y el Creador mandará que lleguen ordenadamente, cada Nación por separado, cada una con sus sabios y líderes, Roma, Persia, etc. y así serán juzgados…’

(adaptado del “Lomdim Gueula del rabino Menajem Brod, Sijat Hashavúa 1304)

miércoles, 7 de marzo de 2012

el grito del pobre


Bondad y limosna


Al final de los Tiempos


Al final de la Época Mesiánica habrá gran abundancia en el Mundo, como dice Maimónides al final de su obra Yad HaJazacá (Hiljot Mlajim uMiljamotehem 12:5): “en aquella época no habrá hambruna ni guerras, ni envidias ni competición, ya que los bienes serán muy abundantes y todas las delicias copiosas como el polvo de la tierra”. En aquellos tiempos se cumplirá la profecía de que “no habrán pobres entre vosotros” (Deut. 15:4); no habrán pobres que necesiten limosnas y a nadie le faltará nada.

Pero esto despierta una gran pregunta: uno de los mandamientos más importantes es el de la limosna. Es un mandamiento clave y básico en la Torá hasta el punto de considerarse la Bondad (Gmilut Jasadim גמילות חסדים) uno de los Pilares sobre los que el Mundo se asienta. ¿Cómo cumpliremos este mandamiento cuando no haya a quién dar limosna ya que habrá abundancia de todo?


¿Por qué hay pobres?


La pregunta se acentúa cuando buscamos el motivo de la existencia de diferencias sociales entre pobres y ricos. El Midrash (Tanjuma, Mishpatim 9) dice que “le dijo el rey David al Creador: ‘asienta Tu mundo con igualdad, los ricos y los pobres’, o sea que le pedía que aboliera las diferencias económicas y sociales e instalara un mundo de igualdad, y preguntaba por qué debe haber pobres en él. Y el Creador le contesta: ‘entonces, ¿quién guardará la bondad y la verdad? (Salmos 61:8). La existencia de ricos y pobres está destinada a permitir que haya limosna y bondad. Y por lo tanto, y volviendo a nuestra pregunta, ¿cómo se cumplirá en tiempos mesiánicos?

La respuesta es que la puesta en práctica de la bondad no implica que deba haber pobres. Los Sabios dicen que la Bondad (Gmilut Jasadim) es mayor que la limosna, ya que, entre otras cosas, la limosna es solo para las pobres, mientras que la Bondad es tanto para unos como para otros. Un rico también se beneficia al recibir un préstamo para realizar una compra, y por tanto un judío puede practicar también con él la virtud de la Bondad.

Por lo tanto, podrá seguir cumpliéndose esta virtud también en tiempos mesiánicos. Efectivamente no habrá pobres a quien dar limosna ya que habrá gran abundancia de bienes y “no habrán pobres entre vosotros” pero aun se podrá practicar la Bondad. Todos serán ricos y no les faltará nada, ya que cuando algo le falta a alguien, por muy rico que sea, se le considera ‘pobre’ en este tema, y aun así podrán ayudarse mutuamente para cumplir con el Pilar de la Bondad.


El grito del pobre


Entendido esto se despierta de nuevo la pregunta del rey David: si la Bondad se puede practicar con los ricos, ¿cuál es la necesidad de que haya pobres?

Podemos encontrar dos respuestas:

La primera es que la Bondad que no viene a llenar unas necesidades no puede existir en nuestro Mundo antes de la venida del Mashíaj. Actualmente, cuando el bien y el mal están mezclados entre si, los hombres no practicarían la Bondad si no vieran a los necesitados que les piden limosna. Solo en tiempos mesiánicos, cuando el mundo se eleve a un nivel más alto, seremos capaces de practicar la Bondad aun sin necesidad.

La segunda respuesta dice que la necesidad de la Bondad aun no implica la existencia de los pobres. Así pues, ¿por qué debe haber pobres que justifiquen el cumplimiento de la Bondad?  Esta es la ‘oración del pobre’ (Salmo 142), el grito del pobre que se queja diciendo ‘¿por qué me ha tocado ser pobre?’. Pero aquí se juntan los caminos y las intenciones ocultas del Creador que deciden que tal persona sea rica y tal otra sea pobre. Solo en el Futuro, cuando se acabe la purificación y la perfección del Mundo, ya no habrá necesidad de que haya pobres y la virtud de la Bondad se cumplirá por si misma y no para rellenar las necesidades de los pobres.

De todos modos, en nuestras manos está mejorar el mundo de modo que desaparezcan los necesitados y nosotros mismos podemos repartir mejor los bienes de que disfrutamos y comprobar que mientras haya pobres se cumpla la obligación, personal de cada uno y general de la sociedad, de llenar todas sus necesidades. Que el pobre tenga menos motivos para gritar...



(adaptado del “Lomdim Gueulá” del Rav Menajem Brod, Sijat Hashavúa 1311)

Peso o masa


Cómo hacer las medidas



El gusto y sus propiedades

El Tratado de Julín del Talmud explica en varios lugares (en el capítulo séptimo, a partir de la página 97) que cuando un alimento prohibido se mezcla con otro que es apto para consumo, debe comprobarse si hay una proporción de uno de lo prohibido por sesenta de lo permitido, que con ello se considera que el alimento prohibido da de su gusto y sus propiedades al alimento apto y con ello todo queda prohibido. Otra peculiaridad es que los sólidos se miden por unidades llamadas ‘aceitunas’, de una masa de 27 cm2 mientras que los líquidos de miden por la unidad de ‘revi’it’, o sea, un cuarto de log, que corresponde a 86 cm2, ya que, según explican los comentaristas, cuando un sólido que tiene una masa de una ‘aceituna’ se convierte en líquido llega a la masa de ‘revi’it’.
Pero en cuanto se refiere a si debe medirse según la masa o según el peso, es el tema que vamos a ver a continuación.

¿Masa o Peso?

El libro Pitjéi Teshuvá sobre el Shulján Aruj (Yoré De’á 98:2) cita la Responsa de Shá’ar Efrayim (nº 51) y la de Avodat Haguershuní (nº 30), que a la hora de medir si hay proporción de 1/60 entre un producto prohibido y uno permitido, lo mejor es medirlo por la masa y no por el peso. Y aporta la opinión de Responsa de Jinuj Bet Yehudá (nº 33) que cuando lo prohibido y lo permitido son iguales, os sea que son de la misma especie de modo que tienen el mismo peso específico ni tampoco está uno más hinchado que el otro, por supuesto que podrá medirse tanto por la masa como por el peso. Pero si uno está más hinchado que el otro, que debemos aplastar el hinchazón para reconocer su tamaño, aquí diremos que mejor será pesarlos, no fuera que no hubiéramos aplastado correctamente la hinchazón.
Pero en dos especies diferentes, que tienen peso específico diferente, aquí no podremos guiarnos por el peso. Y dice el libro Bet Efrayim (Yoré De’á 36) que cuando algo prohibido del tamaño de una aceituna que cae dentro de un guiso, por ejemplo un trozo de sebo cuajado que ha caído dentro de un guiso de leche, o un trozo de manteca que ha caído dentro de un guisado de carne, a pesar que inmediatamente se convierten en líquido, que debe ser medido según el ‘revi’it’, de todos modos no vamos a necesitar 60 ‘revi’it’ para anular lo prohibido, sino que basta con 60 ‘aceitunas’ a pesar que se haya dilatado, ya que lo que cuenta es cuando cayó dentro del guiso.

Hacerlo público


Debemos aclarar que la cuestión si el gusto de la prohibición, medida según el uno por sesenta, es una ley de la Torá o un decreto rabínico. Por lo general, la mayoría de los Sabios Sefarditas opinan que es un decreto rabínico, mientras que sus hermanos Ashkenazitas opinan que es una prohibición de la Torá.
Apuntemos aquí las palabras de Maimónides, en la Respuesta P’er Hador (nº 65) que cuando le preguntaron si se podía enseñar a los incultos que la prohibición se anulaba en relación de uno por sesenta, o si deberíamos sospechar que no sepa calcularlo correctamente. Respondió diciendo que no hay motivo para preocuparse, ya que incluso en caso de equivocación no llegarían a la proporción de más de un 50%, y la proporción de uno por sesenta ya es un decreto rabínico, y no vamos a defenderlo con otro decreto.

la Solución a las dudas y los enigmas


Los Sabios y Profetas

Teko


Todos los que han estudiado algunas páginas de Talmud conocerán la expresión “teko”, que significa “queda en pie”. Los Sabios del Talmud utilizaban esta expresión cuando llegaban a un callejón sin salida en el que no podían llegar a una conclusión clara de la Halajá. Su significado es que el tema ‘queda en pie’, que no podemos decidirlo claramente.

El Maharshal en Baba Qama 1:5 escribe que cuando el Talmud concluye “teko” significa que nadie tiene la autoridad de decidir cual es la respuesta adecuada hasta que el Sanedrín sea restituido y decida qué decisión tomar. Los que buscaban insinuaciones alegóricas en el Talmud escribieron que “teko” (תיקו) es el acróstico en hebreo de “Tishbí yetaréz kushiyót uv’ayot (Tishbí resolverá los problemas y las preguntas = תשבי יתרץ קושיות ובעיות) y esta tradición se remonta al libro Haqaná y otros libros antiguos (ver Tosfot Yom-Tov al final de Eduyot; Iguéret Hatiyul del hermano del Maharal  en la parte del Drush, letra Tau; y Mar’it Haáyin del Jidá a Yevamot 96b).

Hasta que venga y os enseñe justicia


En el Talmud se encuentra una fuente explícita a la fuerza de Tishbí, que no es otro que el Profeta Eliyahu (Elías) para esclarecer y decidir en caso de dudas, hablando del caso de cuando se ve una oveja que un pequeño cerdo la sigue a todas partes e intenta mamar de ella, y nos viene la duda de si es un ‘huérfano’ que la sigue o si ha dado a luz a una mutación. La decisión es que nos decidimos por la mutación y por lo tanto si a continuación nace un cordero macho de tal oveja no será ‘primogénito’ que deba ser ofrecido al Templo o que deba ser entregado a un Cohen como tal. Pero no podremos comer el cerdito, a pesar que los hijos de un animal casher (apto y puro) también lo son y debería estar permitido comerlo aunque tuviera la forma física de un animal no-casher.

Y el motivo es que no nos basta la relación de ‘madre y mamante’ para decidir de una forma tajante que se trata de su hijo  natural, ya que existe la posibilidad que la oveja hubiera perdido su hijo natural y hubiera adoptado el cerdito ‘huérfano’. Por lo tanto dice el Talmud que si ves un cerdito que sigue una oveja, está exento de ‘primogenitura’ pero está prohibido comerlo hasta que venga Eliyahu y nos diga si está permitido comerlo o no.

De todos modos, este es un grave problema, ya que en otro lugar (Shabat 108a) dice Rashi que Eliyahu no puede decidir si un alimento está permitido o no, ya que ¡la Torá ya no está en el Cielo! Y la pregunta es ¿cómo puede Rashi contradecir las palabras explícitas del Talmud?

Muchos grandes comentaristas juzgaron la posibilidad de que el profeta Eliyahu pueda resolver enigmas y esclarecer las dudas.

Decisión por sabiduría y decisión por profecía


El Jidá en su libro Birkéi Yosef 32 explica que “el Mensajero de la Salvación, Profeta del Creador, que pronto vendrá a anunciarnos la venida del Mesías hijo de David no puede decidir en este tipo de preguntas ya que la Torá no está en los Cielos”.

Pero Eliyahu además de ser profeta es también un gran Sabio de Israel y un importante eslabón en la cadena de la Tradición desde Moshé Rabenu (ver Maimónides en la introducción a Yad HaJazacá, que Eliyahu recibió la Tradición de manos de su maestro Ajiyá de Shiló) y cuando regrese Eliyahu y nos resuelva los enigmas será por su poder como Sabio, como gran conocedor de los secretos de la Torá, y no como profeta conocedor de los ángeles y los serafines, y por supuesto que podremos confiar en sus decisiones.

El profeta sabe diferenciar entre su poder como Sabio y el que tiene como Profeta y no confundirse entre las dos facultades.

Dos ‘formas’ de Eliyahu

En cambio el Jatam Sofer cuando juzga el mismo tema señala que Eliyahu no puede llegar en Shabat a anunciar nuestra Salvación ya que no puede saltar de ciudad en ciudad fuera del ‘territorio de Shabat’ (que delimita la periferia de un kilómetro alrededor de cada ciudad, más allá del cual no se puede salir en el Día de Descanso), y a pesar de ello todo mohel (el que hace la circuncisión = מוהל) proclama en el momento en que se dispone a firmar el Pacto de Avraham en la carne del recién nacido, y también en Shabat: “¡Profeta Eliyahu, ponte a mi derecha y ayúdame”.  
Por lo tanto, explica el jatam Sofer que hay que diferenciar entre Eliyahu el Profeta y Eliyahu el Sabio. A veces se presenta como Profeta, solo en su forma espiritual, y a veces como Sabio en su forma física (ver en Eruvín 43b, en que explica el tema). Cuando aparece en su forma física, cumple la Halajá a rajatabla, incluida la prohibición del ‘territorio de Shabat’ y sus decisiones halájicas son aceptadas, mientras que cuando aparece solo en su forma espiritual, está exento de su cumplimiento y sus decisiones halájicas no tienen valor.
Ciertamente, hay algunas halajás pronunciadas por Eliyahu, por ejemplo que el cementerio de los no-judíos no impurifica, (en Baba Metzía 114a-b) y que fue adoptado por Maimónides (hiljot Tum’á 1:13) ya que al pronunciarla se mostraba en persona física (ver Jatam Sofer parte 6, capítulo 98, y Torat Moshé sobre la Torá tercera edición sobre Génesis 2:7).


Eliyahu el Profeta, Eliyahu el Tishbí, Eliyahu el Guil’adí


También por sus nombres podemos encontrar apoyo a la teoría que en el futuro resolverá los enigmas y las dudas que van surgiendo con el paso de los años. Conocemos tres apodos de Eliyahu, para tres funciones diferentes:

Eliyahu el Profeta, como mensajero de la Salvación, según dice Mal’ají (Malaquías 3:23) “He aquí que os envío al Profeta Eliyá antes de que llegue el grande y terrible Día del Señor”.

Eliyahu el Tishbí es el que ayuda al Pueblo a hacer su Retorno y su arrepentimiento, como dice (id 3:24) “y volverá el corazón de los padres hacia sus hijos y el de los hijos hacia sus padres”.


Y por último, Eliyahu el Guil’adí (de la tierra de Guil’ad = Galaad), ya que sobre él dicen que era “habitante de Guil’ad, con silla en la Sala de Gazit (donde se sentaba el Sanedrín), ya que Guil’ad es un apodo del Templo (Yalkut Shim’oní, I de Reyes, nº 208), o sea que no se trata del lugar en que había nacido sino que era miembro del Sanedrín, el lugar en que daban respuesta a todas las preguntas y solucionaban todos los enigmas de la Torá (Explicaciones del rav M.M. Shapiro, presidente de la Yeshivá Reshit Jojmá, en el Resumen “Bet Aharón e Israel”, 102).


Polémica de la Imposición de Manos y Eliyahu


Resulta interesante lo que se dijo en la polémica de la Imposición de Manos. Se trata del grave problema que se despierta al tratar de la Restauración del Sanedrín, ya que la Halajá dice que los Sabios deben ser nombrados por Imposición de Manos, efectuada en la Tierra de Israel, por un Sabio que ya ha sido nombrado anteriormente, ininterrumpidamente desde Moshé Rabenu. La Tradición de la Imposición de Manos se interrumpió hace unos mil setecientos años, cuando la población judía en la Tierra de Israel fue desterrada casi por completo. Por lo tanto, nos preguntamos cómo podremos restaurar la Institución del Sanedrín antes de la Llegada del Mashíaj (Mesías).

El Profete Eliyahu, dice el Rabino Yehonatán Eibischitz (en el libro Tummim, Jóshen Mishpat 1:2), que no ha muerto y que fue ordenado por sus antecesores, podrá imponer sus manos sobre otros Sabios y así restaurar el Sanedrín (ver Jidushéi Marán R.Y.Z. Haleví, sobre la Torá “Pinjás” y en “Bircat Cohen sobre la Torá, id.

(extracto y adaptado de Meorot Hadaf Hayomi 654)